
Guía para hacer la declaración de la Renta 2024 (Campaña 2025): plazos, medios de pago y obligados a presentarla
Con la llegada de 2025, comienza la campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2024. Para que no se te pase ningún plazo y cumplas con todas tus obligaciones fiscales puedes seguir esta guía paso a paso, para ayudarte a hacer la declaración de la renta 2024 sin errores.
¿Quiénes están obligados a presentar la RENTA en 2025?
En general, están obligados a presentar la Declaración de la Renta aquellos contribuyentes que superen los siguientes límites de ingresos:

Rendimientos del trabajo (asalariados)
Si ha trabajado durante 2024 para una única empresa o entidad y ha percibido un salario bruto anual superior a 22.000 euros, está obligado a presentar la Declaración de la Renta. Esto se debe a que, al contar con un solo pagador, Hacienda ya ha aplicado las retenciones correspondientes de manera uniforme a lo largo del año.
Situación | Condición |
Rendimientos del trabajo (asalariados)
|
Más de 22.000 euros anuales si se perciben de un único pagador. |
Rendimientos del trabajo (asalariados) | Más de 15.876 euros anuales si se tienen dos o más pagadores, siempre que el segundo y sucesivos sumen más de 1.500 euros. |
Ingreso Mínimo Vital (IMV) | Obligatorio presentar la declaración. |
Prestación del SEPE | Obligatorio presentar la declaración si se ha recibido al menos un día de prestación en 2024. |
Si has tenido más de un pagador, el límite baja a 15.876 euros anuales, siempre que el segundo y los sucesivos pagadores hayan abonado en conjunto más de 1.500 euros. Este cambio se debe a que cuando existen varias fuentes de ingresos, las retenciones pueden no ser suficientes para cubrir el total del impuesto a pagar, por lo que Hacienda exige la declaración para ajustar posibles diferencias.
En el caso de los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) , la presentación de la Declaración de la Renta es obligatoria, sin importar el nivel de ingresos. Aunque esta prestación está exenta de tributación, Hacienda la somete a control y fiscalización, por lo que los perceptores deben cumplir con este trámite.
Además, este año hay una novedad importante: si en 2024 has recibido una prestación por desempleo del SEPE, aunque solo haya sido por un día, estás también obligado a presentar la declaración. Esta medida se debe a que el SEPE se considera un pagador adicional y, en muchos casos, las retenciones aplicadas son bajas o inexistentes, lo que puede generar ajustes fiscales al realizar la declaración.
Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales
Si has obtenido más de 1.600 euros anuales en rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales sujetos a retención, como en la venta de fondos de inversión, estás obligado a presentar la Declaración de la Renta.
También debes hacerlo si has generado más de 1.000 euros anuales por rentas inmobiliarias imputadas (segunda residencia o alquiler), subvenciones para vivienda o rendimientos de Letras del Tesoro, ya que Hacienda los considera ingresos sujetos a tributación.

Otros casos
Si has ganado más de 1.000 euros por rendimientos de actividades económicas (cualquier trabajo como autónomo) o alquiler de una vivienda o una ganancia patrimonial no sujeta a retención (ventas de criptomonedas, acciones, premios).
En algunos casos, aunque no se alcance estos umbrales, es recomendable presentar la declaración para solicitar devoluciones. Si quieres evitar errores y aprovechar todas las deducciones disponibles, una gestoría para la Declaración de la Renta puede ayudarte a presentarla de forma rápida y segura.
¿Quiénes no deben presentar la declaración de la renta?
No están obligados a presentar la Declaración de la Renta 2024 quienes no superen los límites de ingresos establecidos por Hacienda. En general, no deben presentarla:
- Quienes hayan obtenido rendimientos del trabajo inferiores a 22.000 euros anuales con un solo pagador o 15.876 euros si tienen más de un pagador y el segundo no supera los 1.500 euros en total.
- Los que hayan generado rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales sujetos a retención por una importación inferior a 1.600 euros anuales.
- Aquellos cuyos ingresos por alquileres inmobiliarios imputadas, subvenciones para vivienda o Letras del Tesoro sean inferiores a 1.000 euros anuales .
- Contribuyentes que solo tendrán ingresos por rendimientos íntegros del trabajo, del capital o de actividades económicas y no superen los 1.000 euros anuales en total.
- Personas con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
Sin embargo, aunque no haya obligación, puede ser recomendable hacerla si se han aplicado retenciones, ya que podría resultar en una devolución de impuestos.
Plazos de presentación de la Declaración de la Renta 2024 (Campaña 2025)
La campaña de la Renta 2024 comenzará el 3 de abril de 2025, cuando la Agencia Tributaria habilite la presentación de declaraciones. Dependiendo del método elegido, los contribuyentes podrán presentar su declaración en distintas fechas:
- Desde el 2 de abril de 2025: inicio de la presentación de la declaración por internet a través de la sede electrónica de la AEAT.
- Desde el 6 de mayo de 2025: apertura del servicio de confección de declaraciones por teléfono, con cita previa disponible desde el 29 de abril.
- Desde el 3 de junio de 2025: comienzo de la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, para lo que será necesario solicitar cita previa desde el 29 de mayo.
- 30 de junio de 2025: finaliza el plazo para presentación de la Renta 2024.
Fecha límite declaración de la Renta 2024
El plazo para presentar la declaración de la renta 2024 finalizará el 30 de junio de 2025, salvo en los casos en los que el resultado sea a ingresar con domiciliación bancaria, cuyo límite será el 25 de junio de 2025.
Aquellos contribuyentes cuya declaración resulte a pagar y quieran domiciliar el pago en su cuenta bancaria deberán presentarla antes de esa fecha. En caso contrario, deberán optar por otras formas de pago, como el ingreso directo en una entidad financiera colaboradora dentro del plazo general.
Es recomendable no esperar hasta los últimos días para evitar problemas técnicos o dificultades con la documentación. Si necesitas ayuda para hacer la declaración de la renta 2024, no dudes en contactar con nosotros una gestoría declaración de la renta. En caso de que se desee aplazar se puede solicitar antes de presentar la Renta.

¿Cómo presentar la Declaración de la Renta 2024?
Los contribuyentes podrán presentar la declaración de la Renta 2024 a través de tres métodos principales: por internet, por teléfono o de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
- Por internet: desde el 3 de abril de 2025 la declaración podrá presentarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello, se necesitará el certificado digital, el sistema Cl@ve PIN o el número de referencia que facilita la Agencia Tributaria.
- Por teléfono: disponible desde el 6 de mayo de 2025, con asistencia personalizada de la Agencia Tributaria para lo que es necesario solicitar cita previa a partir del 29 de abril de 2025.
- Presencialmente: desde el 3 de junio de 2025. Los contribuyentes podrán acudir a las oficinas de la AEAT para recibir ayuda en la confección y presentación de su declaración. La cita previa para este servicio podrá solicitarse desde el 29 de mayo de 2025.
En todos los casos, es recomendable revisar el borrador antes de confirmarlo, comprobando que los datos fiscales sean correctos y asegurándose de aplicar todas las deducciones disponibles. Contratar una gestoría para la Declaración de la Renta te permite cumplir con tus obligaciones fiscales sin complicaciones y asegurarte de que todo esté correctamente presentado.

Medios de pago y domiciliación de la RENTA
Si el resultado de la declaración es a ingresar, hay varias formas de efectuar el pago:
Domiciliación bancaria: Permite cargar el importe en tu cuenta el último día del plazo. La fecha límite para optar por este método es el 26 de junio de 2025.
Pago fraccionado: Se puede abonar el 60% en el momento de la declaración y el 40% restante el 5 de noviembre de 2025.
Ingreso en entidad financiera: Mediante NRC (Número de Referencia Completo) generado por el banco.
Pago con cargo en cuenta a través de la sede electrónica de la AEAT.
En caso de no poder atender ninguna de las formas anteriormente mencionadas, se puede solicitar aplazamiento de hasta 12 meses, que deberá ser justificado y aceptado por tu oficina de la AEAT.
Preguntas frecuentes para hacer la Declaración de la Renta 2024
Si estoy en paro: ¿tengo que hacer la declaración de la renta?
Por primera vez en la historia, todos los parados que estén cobrando el paro tendrán que hacer la declaración de la renta en 2024, independientemente de si cumplen o no con el importe mínimo obligatorio. Hasta ahora, si estabas parado y no llegabas a los mínimos para hacer la declaración de la renta, no tenías obligación de hacerla.

¿Tienes que hacer la declaración de la renta si has vendido una casa?
Cuando vendes una casa, tienes obligación de presentar declaración siempre que hayas ganado más de 1.000€ o que hayas perdido más de 500€, independientemente del resto de cosas que hayas ingresado.
Si has estado en ERTE, ¿tienes que presentar la declaración?
Si has estado en un ERTE, el SEPE cuenta como un segundo pagador. Si tus ingresos totales superan los 15.876 euros, tendrás que presentar la declaración. Como el SEPE suele aplicar retenciones mínimas (o ninguna), es posible que te toque pagar en la declaración de la renta
Conclusión y cierre
Si tienes dudas con tu declaración de la renta lo mejor es que pidas ayuda a expertos. En Coasesores somos asesores especializados en presentación de la declaración de la Renta. Te aseguramos el mejor resultado posible ya que contemplamos todas las deducciones a las que puedes tener derecho (tanto las estatales como las autonómicas).
Y, si no estás obligado a presentar, te recomendamos que igualmente calcules tu resultado y veas si Hacienda te debe dinero. En ese caso, aunque no tengas la obligación de presentar tu declaración de la renta, te animamos a presentarla para recibir un dinero extra con el que no contabas. Y eso siempre está bien. Mucha suerte… ¡y te esperamos!